Boletín Nº20

Este boletín reúne una visión integral sobre cambios normativos y decisiones clave en materia laboral.

Este boletín reúne una visión integral sobre cambios normativos y decisiones clave en materia laboral, seguridad social, societaria, contable y tributaria, con impactos directos para empleadores, empresas y exportadores. A lo largo del documento se analizan la aprobación de la reforma laboral, nuevas obligaciones en exámenes médicos ocupacionales, decisiones recientes sobre la reforma pensional, lineamientos de la Superintendencia de Sociedades, beneficios tributarios para exportadores y el tratamiento contable de sucursales extranjeras.

APROBADA LA REFORMA LABORAL EN ÚLTIMO DEBATE DEL SENADO

El Senado de la República aprobó en último debate el proyecto de reforma laboral, introduciendo cambios estructurales al régimen laboral colombiano. Entre los principales ajustes se destacan la publicación digital del reglamento interno de trabajo, la jornada laboral flexible para trabajadores con responsabilidades de cuidado, el límite de cuatro años al contrato a término fijo, la eliminación de autorización previa para horas extras, el reconocimiento del contrato de aprendizaje como contrato laboral, nuevas restricciones a la tercerización mediante EST, la ampliación de la jornada nocturna y el aumento gradual del recargo dominical y festivo al 100 %. Aunque aún falta conciliación y sanción presidencial, se recomienda a los empleadores iniciar la adecuación de políticas internas y prácticas laborales.

NUEVAS OBLIGACIONES SOBRE EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES

La Resolución 1843 de 2025 del Ministerio del Trabajo estableció una regulación integral sobre los exámenes médicos ocupacionales, derogando normas anteriores y fijando nuevas obligaciones para empleadores. La norma exige registrar la transición normativa en el SG-SST, actualizar la matriz legal, ajustar los procedimientos para seis tipos de exámenes obligatorios, cumplir oportunamente las recomendaciones médicas, conservar evidencia documental, diseñar programas preventivos y verificar la idoneidad de prestadores externos. El incumplimiento puede generar sanciones en procesos de inspección y auditoría laboral.

CORTE CONSTITUCIONAL DEVUELVE AL CONGRESO LA REFORMA PENSIONAL

La Corte Constitucional devolvió al Congreso la Ley 2381 de 2024, que crea el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, tras identificar un vicio de procedimiento en su trámite legislativo. Como consecuencia, se suspendió la entrada en vigencia de la reforma pensional, salvo los artículos relacionados con la elección de ACCAI y la oportunidad de traslado, que continúan vigentes. El Congreso tendrá 30 días hábiles para subsanar el trámite, antes de una decisión definitiva de constitucionalidad.

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES EXPIDE DIRECTRICES SOBRE EL INFORME 75

La Circular Externa 100-000002 de 2025 de la Superintendencia de Sociedades fijó los lineamientos para la presentación del Informe 75 (SAGRILAFT, PTEE y RMM), estableciendo plazos improrrogables en julio según los dos últimos dígitos del NIT. Las sociedades obligadas deben garantizar el envío oportuno de la información no financiera, con el fin de evitar sanciones administrativas por incumplimiento regulatorio.

REGLAMENTACIÓN DEL CERTIFICADO DE REEMBOLSO TRIBUTARIO – CERT

El Decreto 566 de 2025 reglamentó el Certificado de Reembolso Tributario (CERT), permitiendo la devolución total o parcial de impuestos a exportadores de bienes y servicios. El beneficio equivale al 3 % del valor FOB para bienes y al 2 % para determinados servicios, siempre que se cumplan requisitos como la inscripción en el RUT, un valor mínimo de exportación y la presentación oportuna de la solicitud. El CERT será aplicable a partir del 29 de agosto de 2025, tras el período de transición.

TRATAMIENTO CONTABLE DE SUCURSALES EXTRANJERAS

La Superintendencia de Sociedades, mediante el Oficio 115-044453 de 2025, aclaró que las sucursales extranjeras sin personería jurídica hacen parte de un mismo ente económico con la casa matriz colombiana. En consecuencia, los recursos enviados no se consideran inversiones, y la información financiera debe integrarse conforme a la NIC 21, la NIIF 10 o la NIIF para Pymes, eliminando saldos recíprocos y cumpliendo las reglas de conversión de moneda extranjera y revelación contable.

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3 noviembre, 2025

Boletín Nº28

La Superintendencia de Sociedades, mediante el Concepto 220-064713 del 11 de julio de 2025, precisó los límites de la agencia oficiosa en el ejercicio de los derechos de los accionistas, aclarando que esta figura no procede en materias expresamente reguladas por normas societarias.