Boletín Nº16

La Superintendencia de Sociedades, mediante el Oficio 220-301537 de 2024, aclaró las diferencias entre la representación comercial y la representación legal en el derecho colombiano.

REPRESENTACIÓN COMERCIAL Y REPRESENTACIÓN LEGAL EN EL DERECHO COLOMBIANO

La Superintendencia de Sociedades, mediante el Oficio 220-301537 de 2024, aclaró las diferencias entre la representación comercial y la representación legal en el derecho colombiano. Mientras la representación comercial surge de contratos como el mandato, la agencia o la preposición, la representación legal es una función propia de la estructura de la sociedad y deriva de un acto de designación estatutaria. El pronunciamiento también precisó que los extranjeros pueden ser representantes legales en Colombia, salvo excepciones relacionadas con servicios públicos o seguridad nacional, siempre que cumplan los requisitos legales y migratorios, incluyendo la obtención de la visa adecuada según el caso.

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