Circular Informativa N° 3

El Decreto 572 de 2025, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, modificó las tarifas de autorretención y redujo las bases mínimas para practicar retención en la fuente en Colombia

MODIFICACIÓN DE LAS TARIFAS DE AUTORRETENCIÓN Y LAS BASES MÍNIMAS PARA PRACTICAR RETENCIÓN EN LA FUENTE

El Decreto 572 de 2025, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, modificó las tarifas de autorretención y redujo las bases mínimas para practicar retención en la fuente en Colombia, con el objetivo de anticipar el recaudo del impuesto del año gravable 2025. Esta medida impacta directamente la venta de inmuebles destinados a vivienda, pagos por servicios, otros ingresos y operaciones de pequeñas y medianas empresas (PYMES).
Además, el Decreto incrementa la tarifa de autorretención para determinadas actividades económicas, y genera efectos en la retención del impuesto de Industria y Comercio (ICA) y en la retención de IVA, debido a su relación con el sistema de retención en la fuente a título de renta.

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