Boletín Nº5
Este boletín informativo reúne cuatro temas de actualidad jurídica con impacto tributario, societario, inmobiliario y de mercado. Se abordan el tratamiento del IVA en operaciones en moneda extranjera, la actualización de tarifas del registro mercantil para 2025, las nuevas prórrogas de licencias urbanísticas y una decisión de la Corte Constitucional que elimina restricciones a la comercialización de licores en Colombia. Descarga el boletín completo para conocer el análisis detallado de cada tema.
TRATAMIENTO DEL MAYOR VALOR DEL IVA GENERADO POR LA DIFERENCIA EN CAMBIO
La DIAN reiteró que en las operaciones en moneda extranjera el IVA se causa con base en la TRM vigente al momento de la emisión de la factura y que, si se presenta un mayor valor por diferencia en cambio, debe ajustarse la base gravable del IVA. Este mayor IVA generado por el reajuste es descontable, siempre que los bienes o servicios adquiridos constituyan costo o gasto para la compañía, conforme a las reglas del impuesto sobre las ventas.
ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS DEL REGISTRO MERCANTIL PARA EL AÑO 2025
El Gobierno Nacional estableció las nuevas tarifas del registro mercantil para 2025, aplicables a la matrícula y renovación mercantil, el registro de proponentes y las entidades sin ánimo de lucro, con base en los activos totales de las empresas y la Unidad de Valor Básico (UVB). Esta actualización busca modernizar y estandarizar el sistema registral, con ajustes tecnológicos en las plataformas de las Cámaras de Comercio.
NUEVAS PRÓRROGAS EN LAS VIGENCIAS DE LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS
Y SUS REVALIDACIONES
El Decreto 0074 de 2025 introdujo prórrogas extraordinarias para las licencias urbanísticas y sus revalidaciones, permitiendo una ampliación adicional de hasta doce meses en determinados casos. La norma establece los plazos, requisitos y excepciones para solicitar estas prórrogas y revalidaciones, con el fin de facilitar la ejecución de proyectos y apoyar la reactivación del sector inmobiliario.
CORTE CONSTITUCIONAL ELIMINÓ LAS RESTRICCIONES QUE IMPEDÍAN LA COMERCIALIZACIÓN DE LICORES PROVENIENTES DE OTRAS REGIONES
La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, eliminando las restricciones departamentales que prohibían la comercialización de aguardientes y otros licores producidos en diferentes regiones del país. Esta decisión fortalece la libre competencia, amplía la libertad de elección de los consumidores y dinamiza el mercado de licores en Colombia, con efectos positivos para las industrias licoreras y los ingresos fiscales.




