Boletín Nº32

Este boletín informativo reúne dos actualizaciones normativas de alto impacto para empresas y empleadores.

Este boletín informativo reúne dos actualizaciones normativas de alto impacto para empresas y empleadores. En el primer apartado se presentan los alivios tributarios transitorios adoptados por el municipio de Bello, orientados a la reducción de intereses moratorios y sanciones tributarias. En el segundo, se analizan los cambios introducidos por la reforma laboral en la definición de los horarios diurno y nocturno, que tendrán efectos directos en la remuneración de los trabajadores y en los costos laborales empresariales.

ALIVIOS TRIBUTARIOS TRANSITORIOS EN BELLO: REDUCCIÓN DE INTERESES Y SANCIONES

El Concejo del Municipio de Bello, mediante el Acuerdo 026 de 2025, adoptó alivios tributarios transitorios que permiten a los contribuyentes sanear deudas fiscales mediante la reducción de intereses moratorios y sanciones aplicables a tributos como el Impuesto Predial Unificado y el Impuesto de Industria y Comercio (ICA). Hasta el 23 de diciembre de 2025, los intereses de mora se liquidarán a una tasa equivalente al 30 % de la establecida en el Estatuto Tributario Nacional, beneficio que podrá aplicarse de forma oficiosa o a solicitud del contribuyente, según el caso.
Adicionalmente, el acuerdo contempla una reducción excepcional del 50 % en sanciones tributarias, incluyendo sanciones por extemporaneidad, no declarar, corrección e inexactitud, siempre que se presente solicitud escrita antes del 10 de diciembre de 2025 y se realice el pago total de la obligación dentro del plazo establecido.

La Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) introdujo cambios relevantes en la definición de los horarios diurno y nocturno, los cuales entrarán en vigencia el 25 de diciembre de 2025. A partir de esta fecha, el horario diurno se entenderá entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., mientras que el horario nocturno aplicará desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. Este ajuste implica que las horas laboradas entre las 7:00 p. m. y las 9:00 p. m., que antes eran consideradas diurnas, generarán ahora un recargo nocturno del 35 %, con un impacto directo en los costos laborales y operativos de las empresas.
Los empleadores deberán revisar turnos, contratos laborales y esquemas de compensación, especialmente en actividades con operación continua o jornadas extendidas, para asegurar el cumplimiento normativo y una adecuada planeación de costos.

Haz clic y descarga el boletín para ampliar la información.


ARTÍCULOS RELACIONADOS

9 abril, 2026

VALVE vs. ROTHSCHILD

En Estados Unidos acaba de concluir uno de los procesos judiciales más relevantes de los últimos años en materia de derecho societario y propiedad intelectual, y gran parte del mundo jurídico lo ignoramos por completo. Se trata del caso Valve Corporation v. Leigh M. Rothschild., resuelto el 17 de febrero de 2026 por el Tribunal Federal del Distrito Occidental de Washington. Sus implicaciones para el derecho societario y la propiedad intelectual merecen detenerse un segundo a analizarlo.